Los tratamientos de reproducción asistida no son nuevos, pero en México no han sido normados, lo que ha producido que doctores y científicos migren al país en busca de falta de marcos regulatorios para poder llevar a cabo procedimientos que, de hacerlos en algún otro lugar, podría llevarles hasta la cárcel.
La falta de marcos es lo que posibilitó que en México naciera uno de los primeros bebés con ADN de tres padres, a través de una técnica innovadora que le libró al recién nacido de una enfermedad hereditaría de la que la madre es portadora.
Qué es legal y qué no debe serlo en terrenos de ingeniería genética en humanos y otras especies es una pregunta que todo el mundo se hace actualmente, aunque las respuestas a las que se han llegado en el mundo, no son las mismas.
No a la eugenesis
La iniciativa fue presentada el pasado 15 de noviembre en el pleno del Senado, sin que haya sido discutida por el momento. El dictamen da cuenta de que el artículo cuarto de la Constitución Política en México reconoce como garantía individual el derecho a la libre decisión reproductiva, solo que es poco probable por allá en 1974 cuando fue escrito el texto, los legisladores hayan previsto los alcances científicos que a la fecha permiten los distintos tipos de inseminación artificial y manipulación de gametos que existe hoy en día.
Para quien presenta la iniciativa, Olga Sánchez Cordero, la reproducción asistida debe normarse, pero solo a partir de evidencia científica. Las diversas reformas que incluye la iniciativa no distinguen en ningún momento sobre el género o preferencias sexuales de quienes quieran acceder a técnicas de reproducción asistida.
Lo que sí, es que se imponen multas graves a cuando se adquieran o utilicen embriones con fines de experimentación. También se prohibirán de tajo la clonación reproductiva, el implante simultáneo de embriones no provenientes de la misma pareja, y la seleccción de sexo, salvo en los casos que esto evite una enfermedad hereditaria grave.
Cualquier tipo de práctica eugenésica tampoco será permitida en México. Se trata de técnicas que tienen como finalidad seleccionar ciertos rasgos hereditarios para que prevalezcan, pero que no aplican para el caso mencionado con anterioridad, en el que se utilizó información genética de tres personas para obtener mitocondrias sanas.
"Esta técnica en particular no sirve para elegir color de ojos o la altura, sirve para tener mitocondrias sanas. Pensar que alguien puede diseñar a un bebé es pensar en la biología de una manera muy simplista" ha dicho la académica Sandra González Santos de la UNAM, a la BBC respecto al tema.
Hasta 17 años de cárcel
Entre las penas que establece la iniciativa está la de seis a 17 años de cárcel a quien conserve, utilice o prepare células, embriones cadáveres, fetos o cualquier componente sin consentimiento.. Quien favorezca la obtención ilegal de gametos tendrá la misma pena.
El objetivo es claro: que toda persona que vea su material genético involucrado en un procedimiento similar, haya dado su total consentimiento a él, así como que haya entendido los alcances de las técnicas. Para ello las instalaciones médicas habrán de registrarse ante la Secretaría de Salud y tendrás sus licencias, además, la secretaría tendrá un registro nacional de reproducción asistida. Los parámetros para que funcione aún deben determinados por la instancia.
Finalmente, quien haga una técnica de reproducción asistida en una mujer, se hará merecedor a prisión de uno a tres años, pero, si el embarazo se produce como resultado de la inseminación, la multa crece a de dos a ocho años.
Las multas y detalles de la iniciativa serán votados por el Senado próximamente, por lo que resta esperar a la discusión y los posicionamientos de los legisladores sobre un tema tan relevante para la ciencia, pero que tanto escozor ha causado a través de décadas de intentos por llegar a una regulación definitiva.
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