La lucha por los derechos de las audiencias que el Instituto Federal de Telecomunicaciones inició hace algunos meses parece que llegó a su fin, todo esto después que la Cámara de Diputados sometiera a revisión la regulación que intentaba aprobar el IFT.
En el acuerdo, el Pleno de la Cámara de Diputados ha aprobado con 288 votos a favor, 114 en contra y 18 abstenciones un dictamen que modifica diversas facultades que tenía la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en materia de derechos de las audiencias. Es decir, el IFT no podrá regular los contenidos que se transmiten por radio y televisión.
La regulación original pretendía que los mexicanos fueran advertidos cuando una empresa presentará un infomercial o contenido patrocinado dentro de su programación, sin embargo, el Gobierno Federal indicó que eso violaba derechos dados en la Constitución Política Mexicana. Lo que propició que pasará a revisión.
Aunque el IFT hasta hace unos días se mostraba positivo tras la revisión. La realidad es que esto ha terminado en una regulación a favor de continuar como estábamos. Ya que la iniciativa aprobada en la Cámara de Diputados indica que empresas como Televisa y TV Azteca pueden seguir disfrazando la publicidad como información veraz si ellos así lo desean.
Mientras que la Diputada Lía Limón García, del Partido Verde Ecologista de México, quien actualmente es presidenta de la Comisión de Radio y Televisión, ha dicho que este cambio en la Ley Federal de Telecomunicaciones y que los Diputados han logrado autorización “perfecciona el marco jurídico que regula los derechos de las audiencias” para hacerlos compatibles con los de libertad de expresión y manifestación de ideas.
Los derechos de las audiencias se protegen y se garantizan en la medida de que se asegura la libertad editorial de los comunicadores, reporteros y periodistas, así como la libre difusión de las ideas y opiniones
Por lo tanto, quienes deberán regular la calidad de los contenidos que las audiencias reciben será un “defensor de las audiencias” que sea designado por cada medio de comunicación. Sin embargo, este se deberá sujetar exclusivamente al código de ética de cada empresa y solo rendirá cuentas a las audiencias y a las instancias que en su caso prevea el mismo código de ética.
El concesionario definirá al defensor de audiencia sin que el Ifetel u otra autoridad tenga facultades para intervenir y opinar
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