La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha suspendido el Padrón de Usuarios de Telefonía Móvil, PANAUT, en lo que se resuelve el tema de fondo sobre si es inconstitucional o no. Red por la Defensa de los Derecho Digitales ya celebró la decisión, al tiempo que su director, Luis Fernando García, ha hecho un hilo explicativo en Twitter después de tener acceso al acuerdo de la suspensión.
García lo explica de la siguiente forma: las acciones que deben paralizarse son las campañas de difusión sobre el PANAUT y las acciones del IFT para desarrollar la plataforma, toda vez que el instituto tenía como límite el mes de octubre para emitir las reglas. No obstante, el IFT promovió su controversia constitucional debido a que, consideró, el PANAUT viola los artículos quinto y sexto de la constitución y además el instituto no tiene presupuesto para crearlo.
Acá los efectos de la suspensión concedida por la Min. Piña vs el #PANAUT
— Luis Fernando García (@tumbolian) June 15, 2021
Se paralizan:
- Las acciones del IFT para desarrollar la plataforma del #PANAUT.
- La emisión de disposiciones administrativas para su operación.
- Las campañas de difusión.#NoAlPadrón pic.twitter.com/qrBavPppbB
Sucede que las reformas que crearon al PANAUT aprobadas por el diputados a finales del 2020 y por el Senado en el mes de abril, señalaban que el IFT debía cumplir con el plazo y si no, sería sancionado. Pero ahora el IFT tiene "permiso" para detener absolutamente todo lo que tiene que ver con el PANAUT, hasta entonces el tema no se resuelva.
García también explica que queda suspendido el plazo para que operadores como Telcel, AT&T y Movistar recaben los datos biométricos:
"La suspensión implica además que el IFT no tendrá responsabilidad administrativa por no emitir las disposiciones administrativas y que no iniciará el plazo para que operadores empiecen a requerir datos biométricos para la compra de nuevos chips de telefonía"
Luis Fernando García
El último punto en la cita de García es importante porque los operadores tendrían que iniciar la recolección de datos a más tardar seis meses después de las reglas del IFT. Si el plazo del IFT vencía en noviembre, ello querría decir que operadores tendrían que iniciar con la recolección a más tardar en abril de 2022. El plazo sin embargo acaba de ser suspendido.
En todo caso, el PANAUT no ha sido cancelado. Lo que pasará ahora es que la Suprema Corte estudiará si son válidos los argumentos en cuanto a que es inconstitucional. Su decisión será inapelable.
El IFT no es el único que impugnó al PANAUT. También lo hizo el INAI, y la Comisión Nacional de Derechos Humanos manifestó estar en contra, aunque no impugnó al padrón ante la suprema corte.
Red por la Defensa de los Derechos Digitales también está detrás de la plataforma No al Padrón, que facilitó las demandas de amparo contra el PANAUT.
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