El congreso de Chiapas ha aprobado una reforma a su código penal que establece el castigo con cárcel la difusión por medios electrónicos de fotos o videos de índole sexual, sin consentimiento de la persona en cuestión. Las penas por el delito contra la privacidad sexual o intimidad corporal irán de 2 a 4 años de cárcel, dependiendo del tipo de contenido publicado y otros factores.
Uno más a la lista
Por otro lado, las penas se agravan e irán de 3 a 5 años de cárcel en caso de la persona que difundió el contenido haya tenido una relación sentimental o de confianza con la víctima. Es importante mencionar que es necesaria una denuncia formal ante las autoridades para que se persiga y castigue a los culpables de este delito.
Aida Jiménez, diputada que presentó esta iniciativa, menciona que se recibió mucho apoyo de la sociedad civil para lograr esta reforma que es también una forma de combatir la violencia digital como una extensión de la violencia de género.
Según Jiménez, en Chiapas existen más de 125 mercados de explotación digital, donde se exhiben videos y fotos de índole sexual sin consentimiento de sus protagonistas. Esto se traduce en más de 800 archivos de contenido íntimo, según la diputada, que se comercializan sin castigo.
En México, la carrera por castigar la porno venganza, o bien la difusión de contenido sexual sin permiso del protagonista, comenzó en 2017. Chihuahua fue uno de los primeros estados en tipificar esta acción como delito, y poco después se unieron Jalisco, Ciudad de México, Yucatán y Puebla a la lista de entidades con cambios a sus leyes para castigar estas acciones, ya sea con cárcel o con cuantiosas multas.