Un juez ya concedió el primer amparo contra la entrega de datos biométricos al nuevo padrón de usuarios de telefonía móvil en México

Un juez ya concedió el primer amparo contra la entrega de datos biométricos al nuevo padrón de usuarios de telefonía móvil en México
18 comentarios Facebook Twitter Flipboard E-mail
oscar-steve

Steve Saldaña

Editor Senior

Periodista de tecnología y ciencia. Escribo y analizo la industria de plataformas tech en México y soy fan de la ética tecnológica. También soy miembro de la Red Mexicana de Periodistas de Ciencia. Hago locución comercial, produzco podcast y soy presentador del podcast semanal ROM. LinkedIn

Ni siquiera ha tenido que llegar las nuevas reglas de cómo operará el nuevo Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil para que lleguen los primeros amparos. Milenio retoma que un juez federal ya otorgó la medida cautelar para que un usuario no tenga que entregar sus datos personales y biométricos al momento de registrar su línea telefónica.

El posible comienzo de una cascada de acciones legales

El juez en cuestión es Juan Pablo Gómez, juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones. La argumentación es bastante sencilla: el juez consideró que la creación de la base de datos no necesariamente repercutirá en una reducción de delitos o en un aumento de investigaciones sobre ellos. Así, el juez consideró que el sujeto que promovió el amparo no tiene que entregar sus datos personales o biométricos.

El padrón en cuestión fue aprobado por diputados hace cuatro meses, y luego por el Senado hace apenas una semana. Unos días después, las reformas fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación. Ahora el Instituto Federal de Telecomunicaciones tiene seis meses para emitir las reglas del funcionamiento del padrón que deberá entrar en funciones a partir de abril del 2022.

Un Juez Ya Concedio Un Amparo Contra La Entrega De Datos Al Nuevo Padron De Datos Biometricos De Usuarios De Telefonia Movil

Los operadores que no hagan los registros correspondientes deberán pagar multa de hasta 89,000 pesos, pero además, deberán no solo registrar a nuevos usuarios. Tendrán hasta dos años para hacer el registro del total de sus usuarios.

Ante este panorama el juez ha decidido priorizar el tema de la protección de datos personales. También consideró que el que las autoridades no obtengan los datos del sujeto en particular que promovió el amparo no pone en riesgo el objetivo final de las reformas. En todo caso, si las autoridades lo requirieran, pueden pedir al operador del sujeto su localización geográfica, un procedimiento que no es nuevo y que se instauró cuando se decidió que el RENAUT desapareciera en 2011.

El caso del primer amparo promovido y otorgado bien podría representar el inicio de una cascada de acciones legales por parte de usuarios para no otorgar sus datos personales y biométricos, hacia la conformación de un padrón único que, han señalado organizaciones civiles como Red por la Defensa de los Derechos, es por sí mismo un riesgo a la vulneración de datos confidenciales de millones de mexicanos.

Comentarios cerrados
Inicio