El Instituto Federal de Telecomunicaciones anunció que iniciará una nueva investigación para determinar si existe en el mercado de Telecomunicaciones alguna empresa con poder económico sustancial en los servicios de voz, datos y video.
En semanas anteriores el mismo Instituto había iniciado el mismo procedimiento pero para determinar si Grupo Televisa dominaba el sector de la televisión de paga. Sin embargo, este posible análisis pudiera estar dirigido frente a la dominancia del servicio de Internet de Telmex en el país.
Lo que buscaría el IFT es saber si hay empresas con poder sustancial en los mercados de voz, datos y/o video a escala nacional, regional o local, y en caso de que exista la dependencia tendrá como obligación ejecutar una serie de regulaciones para equilibrar el sector.
La investigación se realizará con base en el Artículo 96 de la Ley Federal de Competencia Económica y el artículo noveno transitorio de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y quedo registrada en el expediente AI/DC-002-2015. Así el IFT tendrá los próximos 45 días para realizar dicha investigación.
En lo que respecta el mercado de voz, datos y video, América Móvil, a través de sus filiales Telmex y Telcel, es la empresa con mayor presencia en cuanto a participación de mercado ya que según datos de The CIU, al cierre del 2014, Telmex cuenta con el 52.6% del mercado de datos fijos, seguido por Megacable con un 7.6% de participación, Cablemás con 4.9% y Cablevisión, otro 4.4%.
Cuando el Instituto Federal de Telecomunicaciones concluya su investigación las medidas a las que pueda llegar y las conclusiones que presente dependerán antes de cualquier cosa de si la empresa o empresas señaladas, han sido consideradas previamente como agentes económicos preponderante.
Entiéndase, que en caso que de que el IFT concluya que Telmex domina el mercado de datos en el país puede sufrir una doble regulación debido a que América Móvil ya ha sido clasificado como Agente Económico Preponderante.
Las medidas dependerán de si el agente económico al que se le declare con poder sustancial de mercado está catalogado o no como agente económico preponderante. El alcance de las medidas estaría también en función de si ya se le está regulando o no, pero hasta que el IFT no indique quién sería declarado con poder sustancial, no se puede suponer sobre el alcance. Si este agente no está regulado previamente, algunas de las reglas asimétricas derivadas de la preponderancia como transparencia, tarifas, oferta de servicios, serían el precedente lógico.
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