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Entrada en vigor de los derechos de las audiencias incomoda hasta a la Presidencia de la República

Te acuerdas de esas “capsulas informativas” de 30 segundos en televisión que tras finalizar eran seguidas por un comercial alusivo al mismo tema. Así como entrevistas pagadas en espacios noticiosos o las telenovelas con publicidad dentro de sus capítulos.

Pues todo esto el Instituto Federal de Telecomunicaciones intenta combatirlo a través de sus Lineamientos Generales de los Derechos de las Audiencias. Pero todavía no han entrado en vigor cuando ya han generado gran controversia e incluso han pedido se revoquen.

Esta no es información que cura, pero si una iniciativa bastante interesante del IFT que busca promover la transmisión de contenidos a través de la televisión abierta, de paga y la radio pública de manera justa, permitiéndole al usuario saber cuando se trata de contenido pagado y no.

La iniciativa plantea “un equilibrio cuantificable” entre la publicidad y los contenidos presentados diariamente

En los últimos meses el Instituto Federal de Telecomunicaciones ha venido trabajando en iniciativas que fomenten la competencia en el sector de telecomunicaciones en México, al grado que hemos visto el surgimiento de plataformas como Soy Usuario o Me informo, donde buscan mantener informado a las personas de todo lo que ocurre en el sector. Sin olvidar sus comparadores de precios de telefonía móvil y fija para darle el poder a las personas de comparar antes de contratar un servicio.

Sin embargo, una de las posturas que tenía pendiente de fijar el IFT eran las referentes a los derechos que tenemos los mexicanos como audiencias de los servicios de televisión y radio en el país. Dicha iniciativa ya ha sido creada y entraría en vigor el próximo 16 de febrero.

Pero ha creado tal controversia que tuvo que ser detenida porque incluso la Presidencia de la Republica, el senado de la republica y la misma Iglesia Católica se han referido en contra de la misma.

¿Qué plantea los derechos a las audiencias?

Los lineamentos están pensados para regular de manera equitativa el sector de la televisión abierta, televisión de paga y radio publica, planteando los siguientes derechos:

El punto más importante que se encuentra en la iniciativa es que se obliga a los concesionarios a diferenciar la información que presentan, para que el usuario fácilmente pueda identificar entre el contenido de un programa y aquellos que han sido pagados con fines publicitarios.

Buscan cuidar la información que ven y escuchan las audiencias infantiles y vulnerables

Así como pedir que se muestre una diferencia entre la opinión del presentador de noticias y la nota informativa, o como lo plantea la ley “Que se diferencie con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta”.

Sin olvidar los derechos que tienen los niños de recibir contenidos libres de discriminación, violencia y de acuerdo a su edad. Y que no se transmitan contenidos publicitarios en formato periodístico o noticioso.

Para que al final tengamos la misma calidad de programación en todo momento, aun incluidos los momentos de publicidad.

¿Por qué es la controversia?

Desafortunadamente la entrada en vigor de esta iniciativa ha sido postergada hasta que la Suprema Corte de Justicia resuelve las controversias constitucionales interpuestas por la Presidencia de la Republica, quienes han argumentado que el Instituto Federal de Telecomunicaciones viola mandatos constitucionales. Al menos así lo ha dicho Humberto Castillejo Cervantes, consejero jurídico del Ejecutivo Federal.

Los argumentos de esta controversia constitucional se centran en que la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión otorgó al IFT la facultad de regular los derechos de la audiencias, pero la Constitución en su artículo 28 establece que corresponde al IFT emitir disposiciones generales, siempre y cuando, sean exclusivamente de la función del Instituto en el sector de la radiodifusión y las telecomunicaciones. La Constitución no le otorga al IFT la atribución para regular los derechos de las audiencias

Esto significaría que los lineamientos dados por el IFT están invadiendo facultades constitucionales que sólo corresponden al Poder Ejecutivo.

Por otro lado, según recogió la información el diario El Economista, los representantes de la Iglesia católica en su editorial Desde la Fe señalaron que el IFT quiere ser un “protagonista” tras la publicación de estos lineamientos, a los que calificó como “fruto amargo” de la Reforma de Telecomunicaciones.

Mientras que la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión ha reconocido la prórroga de la iniciativa de la Presidencia porque a su decir dejaban Industria “en estado de indefensión”.

Para algunos analistas, la llegada de está controversia podría golpear duramente la imagen y atributos de autonomía que tenía asignados el IFT, ya que se ha empezado a limitar al Instituto para ejercer sus propias atribuciones. O como Irene Levy, abogada especialista en telecomunicaciones de Observatel calificó:

Podrían dejarlo sin efecto. El mismo Instituto, así como pudo emitirlos, puede eliminarlos; dejarlos sin efectos y no poner fecha para emitir unos nuevos. Puede modificarlos o abrogarlos. Pero, jurídicamente, hacer todo eso, reflejaría que somos una caricatura de país

Mostrando que aunque la iniciativa exista la presión que pueden ejercer otros entes en el país es mayor que las posturas que puede tomar IFT. Por ahora, corresponderá al Tribunal Superior de Justicia determinar el camino de los Lineamientos Generales de los Derechos de las Audiencias.

Esperemos todo sea a favor de los usuarios.

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