Hace unos meses el Instituto Federal de Telecomunicaciones anunciaba que estaría haciendo ajustes a la política de** transmisión de contenidos por medio de televisión** y radio, entre lo que destacaba la desaparición de los contenidos engañosos.
De forma casi inmediata el Gobierno Federal inició una disputa para** detener la promulgación de dicha iniciativa**, argumentando que se habían violado derechos constitucionales, mismos que el IFT no debería haber tocado.
Ahora un grupo de legisladores ha propuesto modificaciones a la redacción del Artículo 256 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para que el Instituto Federal de Telecomunicaciones no pueda hacer ajustes a estas políticas.
La Reforma a dicho artículo plantea que sean los propios concesionarios de radio y de televisión abierta y de paga los que se autorregulen en sus códigos de ética. Ellos serían los que deberían decidir el momento oportuno para informar a las audiencias sobre si un contenido se trata de información noticiosa, un comentario editorial o de publicidad insertada dentro de un programa.
Dejando la responsabilidad a las empresas de TV y radio de tener la libertad de designar a una persona que defienda los derechos del televidente o radioescucha, sin que el IFT pueda intervenir en dichas decisiones. Esto a pesar de que otras asociaciones han pedido urgentemente al gobierno de nuestro país que regule la calidad y horario en que se transmiten los contenidos en televisión abierta, de paga y en la radio pública.
Si la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones es aprobada en la Cámara de Diputados y luego en la de Senadores, las facultades del IFT tendrán otro tipo de alcance. Dejando atrás todas las promesas de mejorar la calidad de los contenidos que se transmiten en nuestro país.
Vía | El Economista
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