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Esta ley hará que (casi) todo México done sus órganos al morir

Steve Saldaña

Editor Senior

Periodista de tecnología y ciencia. Escribo y analizo la industria de plataformas tech en México y soy fan de la ética tecnológica. También soy miembro de la Red Mexicana de Periodistas de Ciencia. Hago locución comercial, produzco podcast y soy presentador del podcast semanal ROM. LinkedIn

Durante años la falta de una cultura de donación de órganos se ha convertido en un quebradero de cabeza para organismos de salud del país y del mundo. Tan solo en México, la lista de espera por un trasplante se conforma actualmente por más de 21 mil personas, de las cuales más de 13 mil están en lista de espera por un riñón.

El problema, que tiene muchos matices, produce a su vez una sobrecarga de la infraestructura de servicios médicos, desde una masiva erogación destinada a tratamientos de diálisis y hemodiálisis (el procedimiento que necesitan para mantenerse con vida quienes necesitan un riñón, y cuyo gasto asume el gobierno), hasta el mercado negro de órganos.

Ahora, para contrarrestar estos y otros tantos problemas, por 75 votos a favor, cero en contra, y una abstención, el Senado de la República ha aprobado reformas a la Ley General de Salud que establecen la figura de "consentimiento presunto", por la que toda persona mayor de edad, se convertirá en donadora tras morir, a menos que haya manifestado en vida su deseo de no donar sus órganos y tejidos.

El cambio de un paradigma

Comencemos diciendo que hay dos tipos de donaciones: en vida y tras morir. No podemos dejar de ser lo suficientemente enfáticos sobre que las reformas aprobadas abordan únicamente la segunda categoría. Como las reformas aún no han entrado en vigor pues deben ser ratificadas por la Cámara de Diputados, bajo el marco legal vigente, una persona puede donar sus órganos y tejidos inscribiéndose en el registro del Centro Nacional de Trasplantes o escribiendo su deseo de hacerlo en una carta que debe pasar por un notario público.

¿El problema? Pese a existir el registro o dicha carta, si los familiares de un fallecido niegan su consentimiento, el cuerpo médico no puede disponer sobre los órganos y tejidos en cuestión, aun si quien murió sí manifestó su deseo de ser donador.

Aquí suele haber mucha confusión. El Centro Nacional de Trasplantes pone a disposición de la gente un registro de donadores, un documento para expresar su consentimiento para que sus órganos y tejidos sean donados al morir, existen numerosas versiones de las tarjetas de donador.

Sin embargo, ninguno de estos documentos tiene tanto valor como la de la decisión de los familiares cercanos, quienes siempre son consultados principalmente para evitar represalias legales, de acuerdo a la Senadora Lorena Cuéllar. Son siempre ellos quienes tienen la última palabra sobre el destino de los órganos y tejidos del fallecido.

Las nuevas reformas cambiarían abismalmente esta dinámica: el nuevo artículo 324 de la Ley General de Salud indicaría:

"Habrá consentimiento presunto del donante cuando no haya manifestado su negativa a que su cuerpo o componentes sean utilizados para trasplantes"

Al redactarse así, y con la palabra "presunto" sustituyendo la palabra "expreso" se elimina también la necesidad de que los familiares deban dar su consentimiento sobre los órganos y tejidos del fallecido.

Hay algunos detalles a tomarse en cuenta. El acto de donación presunta no será válido para menores de edad y para el caso de mujeres embarazadas solo será admisible si el receptor estuviera en peligro de muerte, y desde luego, que el procedimiento "no produzca riesgo alguno para el producto de la concepción"

Además, el artículo 329 propuesto establece que el Centro Nacional de Trasplantes deberá encargarse de que ni el receptor ni la familia conozca la identidad del donante, y asimismo, que la familia del donante no conozca la identidad del receptor.

Es importante destacar que en ningún caso los familiares asumirán costo alguno por el tratamiento de los órganos y tejidos a donarse. Según propone el dictamen, serán los hospitales y dependencias los encargados de asumir todos los costos con el presupuesto con el que disponen.

En la presentación del documento por primera vez ante el pleno del Senado, el pasado 22 de marzo, el Senador Salvador López Brito aseguró que el mismo modelo se ha implementado ya exitosamente en países como Francia, Bélgica, Portugal, Italia, Noruega, Suecia, Lituania y España.

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¿Y si no quiero donar mis órganos?

En las discusiones sobre este tema, uno de los principales temas de discusión, es evitar la coerción del acto de donar. Pese a ser aprobadas por unanimidad las reformas en el Senado, el mismo tema ha sido tratado en la Cámara de Diputados, en donde la diputada Tania Arguijo se ha manifestado en contra de la donación tácita, puesto que donar o no "se trata de una decisión muy personal".

El documento por el que una persona puede manifestar su deseo de NO ser donador, deberá estar firmado y podrá ser público o privado. Por lo demás, aún falta establecer sus características específicas, pero la propuesta de reforma al artículo 324 de la Ley General de Salud ya contempla la existencia de medios electrónicos implementados por la Secretaría de Salud en donde las personas puedan manifestar su deseo de no convertirse en donadoras.

Los órganos y tejidos de una persona pueden salvar 7 vidas

El primer trasplante en México fue en 1963. Pese a que los programas para incentivar la donación de órganos tienen 18 años funcionando, el relativo incremento de donadores no ha sido suficiente para contrarrestar los números de mexicanos en lista de espera por un órgano. En 2017 la tasa por donadores fallecidos fue de 15.5 por millón.

Los órganos y tejidos que pueden ser donados son corazón, pulmón, hígado, páncreas, riñones, córneas, piel, huesos, médula ósea, válvulas cardiacas, arterias, venas, tendones, cartílagos, entre otros.

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