Buscando proteger a la ciudadanía la fracción parlamentaria del PRI, a través de la Diputada Local en el Congreso de San Luis Potosí, Martha Orta Rodríguez, ha presentado una iniciativa de reforma al código penal del Estado para castigar con cárcel a quien publique o difunda los famosos memes de Internet.
La propuesta busca castigar a las personas que difundan cualquier imagen o audio “con contenido lesivo, que denigre o humille a una persona con o sin su consentimiento”; según la diputada en realidad se buscaría combatir actos como el sexting y el ciberbullying.
Esta no es la primera vez que se presenta una iniciativa de este tipo en el país, hace algunos meses en Sonora veíamos como la legisladora del Partido Verde, Selma Guadalupe Gómez, también proponía una iniciativa similar. Sin embargo, terminó siendo desechada.
Dice @marthaor2010 que su iniciativa no es antimemes, sino antibullying y antisexting. 2o artículo la desmiente: pic.twitter.com/9ojJXcuLL7
— Alfredo Lecona (@AlfredoLecona) 3 de mayo de 2016
En esta ocasión la propuesta presentada en San Luis Potosí iría a favor de la protección de las personas para evitar que se denigre o violente su integridad, sin embargo, por la redacción de la iniciativa se muestra que en realidad combatiría contra las populares imágenes de Internet que generalmente se burlan de actos o comentarios que emiten algunos personajes públicos.
Nos hace vulnerables en todo sentido, pues muchas veces la información se usa para denigrar o lacerar la honra, la buena fe o simplemente exponer la vida de otras personas. Existen diversas formas de agredir o violentar la integridad de una persona a través de las redes sociales, el internet, las plataformas. Ya sea mediante difusión de imágenes, videos o sonidos, o expresando comentarios que laceran a quienes van dirigidas, insertando textos que denotan a la víctima o mediante imágenes superpuestas o editadas para descalificar, humillar o causar daño emocional o moral
Por lo tanto, lo que plantearía la iniciativa en el Estado sería la de modificar el artículo 187 del código penal de San Luis Potosí para castigar con una pena de dos a cuatro años de cárcel y una multa de 300 a 400 salarios mínimos a quien publique o difunda este tipo de contenidos.
Artículo 187. Comete el delito de difusión ilícita de imágenes íntimas quien transmita, publique o difunda imágenes, sonidos o grabaciones, que pueden o no contener texto de contenido sexual, obtenidas con o sin el consentimiento de la víctima, sin autorización para su difusión. Este delito se sancionará con una pena de dos a cuatro años de prisión y multa de trescientos a cuatrocientos salarios mínimos.
De acuerdo a la iniciativa la pena podría incrementarse más de la mitad si quien difunde este tipo de contenidos es cónyuge o es alguien cercano a la persona afectada.
Tras se presentada provocó que surgieran grupos que defienden la libertad de expresión y buscan desmentir la iniciativa de la Diputada. Pero ya veremos que pasa cuando sea votada en el congreso del Estado.
Vía | Pulso de San Luis Potosí
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