De 2014 a la fecha, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) logró recaudar de multas un aproximado de 21,807,913 pesos, el problema es que en realidad solo se trata de menos del 5% del total de las multas impuestas en ese periodo. Publimetro obtuvo la información por medio de la Ley de Transparencia con información del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
El reporte menciona que en cinco años se han realizado 89,077 multas por parte de Profeco, pero solamente 4,208 fueron cobradas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). En el caso que se hubieran cobrado todas las multas, se hubieran recaudado 2,180,791,343 pesos.
Si las multas no se pagan, el SAT tiene que hacerse cargo
El año en el que lograron recaudar más fue en 2014 y 2015 con 568 mil pesos y 495 mil pesos, respectivamente. En el caso de 2016, 2017 y 2018 la cifra se quedó en 360 mil pesos por año aproximadamente.
Cuando Profeco realiza una multa, se le notifica a la empresa la sanción que recibió, con un tiempo determinado para impugnar, en el caso que se termine el plazo, la multa se remite directamente con la autoridad recaudadora (SAT), la cual debe ser la responsable de cobrar.
El medio consultó a Profeco para saber qué sucede cuando uno de los proveedores no paga, señalaron que si no se hace de manera voluntaria, la multa se envía al SAT para que el cobro se haga de manera ejecutiva, en caso que se haga, solamente se ordena en el archivo como un expediente concluido, sin contemplar otra sanción por no realizar el pago en primera instancia.
Actualmente la dependencia registra un promedio de más de mil multas por mes, cada una de ellas adaptándose a la capacidad económica de la compañía sancionada. Señalan que basados en la información proporcionada por el proveedor, se analiza si el tamaño de empresa para considerarla equitativa.
Otro detalle interesante, es que en el mismo reporte menciona que durante ese periodo de cinco años, Profeco no realizó ninguna clausura a algún establecimiento, tomando en cuenta que pueden clausurar un negocio de manera total o parcial por hasta 90 días.
Imagen | Azteca
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