Nuestra presencia en Internet ya forma parte de nuestra vida de tal forma que pasamos más tiempo en ella que en nuestra vida en el mundo real y por ello ya se recomienda tener un plan de acción en caso de fallecer.
Lo natural es que nuestros perfiles en las redes sociales queden abandonados, pero también puede darse el caso que estos queden expuestos para que otras personas puedan intentar acceder a ellos y hacer mal uso de nuestra información.
Por este motivo, diversas empresas han establecido planes de acción para el momento en que una persona muere, e incluso tienes planes en caso que la persona quedase invalida o incapacitada para utilizar sus cuentas.
Aunque en algunas ciudades ya existe, o empieza a legislarse, al respecto de quién debe heredar los derechos de uso de una red social; son pocos los lugares en todo el mundo donde esto ya ocurre; desde el 2016 en Cataluña, España se legisló a favor de la creación de Herederos digitales.
En Cataluña las personas pueden crear un “registro de voluntades digitales”, dirigido hacia las personas para que asignen un heredero digital si ellos cuentan con una firma electrónica.
Aunque en nuestro país todavía no hay una iniciativa que intente regular estos hechos, las mismas plataformas en Internet han creado ya toda una reglamentación para intentar proteger los datos de los usuarios aun cuando mueren.
¿Qué pasa con tu correo electrónico?
Las grandes plataformas de correo electrónico como Microsoft y Gmail se toman muy en serio la privacidad de sus usuarios, aunque no existe el concepto de “heredar” una cuenta, sí permiten notificar la muerte de un usuario para desactivar la cuenta.
Google se toma muy en serio el tema de la muerte y para solicitar una cuenta va a pedirle al usuario que reclama la cuenta: Fotocopia de un documento de identificación, Certificado de fallecimiento, en caso de no estar en inglés, traducción con algún tipo de garantía notarial, y la dirección de correo electrónico del fallecido. Toda está información debe ser notificada en este sitio.
Aunque existe una opción para que un usuario (a manera de testamento) decida cuándo se debe desactivar una cuenta, por ejemplo, si no se usa durante tres meses de manera continua está se inhabilitará de forma automática, sin necesidad que alguna persona solicite la eliminación.
De la misma forma Microsoft para poder notificar el fallecimiento de uno de sus usuarios, deberá ponerse en contacto un familiar o representante legal con el Guardia de los Registros de Windows Live, quien le solicitará la copia de defunción de su familiar o el documento firmado por un medico que indica que ha quedado incapacitado; así como un documento que comprueba que el usuario es familiar directo o apoderado legal de sus bienes. Toda esta información deberá ser proporcionada en inglés con garantía notarial. Y ofrecen entregar toda la información en una unidad de almacenamiento como un DVD.
Para el caso de iCloud, Apple es muy claro con la información, una vez que el usuario fallece también la información se elimina.
¿Qué pasa con mis redes sociales?
Como ya hemos documentado en otras ocasiones, Facebook y Twitter tienen esquemas similares a los que maneja Microsoft y Hotmail, Sin embargo, para hacer la notificación Facebook tiene dos opciones de reporte: La inactivación de la cuenta o convertirlo en una cuenta conmemorativa.
La cuenta conmemorativa de Facebook ofrece la posibilidad para que todos los amigos del fallecido puedan entrar a ella a publicar mensajes en la cuenta. Para lograrlo, el usuario deberá llenar información que demuestre que es familiar o apoderado legal, así como enviar copia del acta de defunción.
Para el caso de Instagram el proceso es similar, y ofrece, al igual que Facebook, la opción de eliminar la cuenta o convertirla en una conmemorativa.
En el caso de Twitter, el proceso es idéntico, sin embargo, la red social pone a la disposición este link para notificar de la muerte del familiar o amigo para solicitar la eliminación de la cuenta. No hay sorpresas, solo pide de manera adicional una carta firmada donde se acredite que es un representante legal, o familiar directo del fallecido, además de compartir datos básicos de contacto.
Pinterest sigue un proceso similar al de Twitter para notificar la defunción de alguna familiar o amigo, y para notificarlo ha puesto a su disposición este sitio.
Para el caso de LinkedIn, la compañía pide que proporciones datos en este sitio como el nombre del usuario, la relación que tienes con él, su fecha de fallecimiento, un obituario o esquela, así como el nombre de la ultima empresa donde trabajó.
¿Qué pasa con mis suscripciones?
Al igual que con tus redes sociales una preocupación puede ser las suscripciones a servicios como Netflix o Spotify. Ya que podría pensarse que los cobros seguirán llegando a las cuentas bancarias asociadas al fallecido. Sobre ese aspecto la legislación mexicana plantea que todas las deudas crediticias también mueren con la persona.
Sin embargo, los familiares o el representante que quede a cargo de sus bienes tiene un plazo de 180 días naturales contados a partir del fallecimiento del titular del crédito para dar aviso del fallecimiento y así finiquitar los adeudos.
Esto implicaría que los servicios contratados al no poder realizar los cobros, por la suspensión de las cuentas, estás se eliminarían a la brevedad. Sin embargo, en algunos casos, algunas instituciones financieras plantean que si la persona tarda al notificar la defunción del usuario, estos pueden cobrarle al familiar o representante una cuota por los cobros generados y la tardía notificación de fallecimiento.
En Xataka | Él se murió, pero sus cuentas en redes sociales siguen activas
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