Gabriela Quiroga, diputada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) presentó en el Congreso de la Ciudad de México una iniciativa que busca reformar la Ley que Regula el Uso de Tecnología en para la Seguridad Pública del Distrito Federal.
El objetivo es usar las imágenes o sonidos captados por equipos tecnológicos para que puedan ser usados como pruebas en procesos legales, tanto por el defensor, como por la víctima, para evitar violaciones graves al proceso.
#EnTribuna presento iniciativa para reformar #Ley que regula el uso de tecnología en Seguridad Pública. El objetivo es que asesores jurídicos de víctimas y defensores de imputados tengan acceso a las imágenes y sonidos captados por cámaras de video vigilancia del @C5_CDMX pic.twitter.com/mzzktYHIfI
— Dip. Gabriela Quiroga (@GabiQuirogaA) 7 de marzo de 2019
El primer ajuste es en el Artículo 15 donde mencionan cuáles pueden ser los usos que se le pueden dar a las imágenes o sonidos captados por equipos o sistemas tecnológicos. Originalmente solo menciona que la Secretaría puede facilitar la información siempre y cuando una autoridad ministerial la solicite. La propuesta de reforma quiere añadir el siguiente fragmento:
Así mismo al Defensor público o privado del Imputado para realizar la defensa ante la puesta a disposición por hipótesis de flagrancia, y/o al Asesor Jurídico público o privado para que lleve a cabo la Coadyuvancia establecida en el Código Nacional de Procedimientos Penales, siempre y cuando lo soliciten por escrito acreditando su interés jurídico en la Carpeta de Investigación correspondiente.
Con esta #reforma se contará con una herramienta primordial en la procuración de #justicia respetando los derechos fundamentales de #imparcialidad para que las partes gocen de igualdad en el debido proceso pic.twitter.com/J6WFhCl6yH
— Dip. Gabriela Quiroga (@GabiQuirogaA) 7 de marzo de 2019
Pero en el Artículo 32, propone que también se pueda usar material grabado por un dispositivo electrónico que no forme parte de la Seguridad Pública como lo puede ser un teléfono. El Artículo original menciona que esa información será solicitada y valorada por el Ministerio Público o la autoridad encargada en el caso. El cambio sugiere que ahora esas imágenes también puedan ser solicitadas por el Defensor o Asesor Jurídico.
“Así mismo, el Defensor y/o el Asesor Jurídico que intervengan en el procedimiento, podrán requerir dicha información a través del Ministerio Público, Autoridad Judicial o especializada en Justicia para Adolescentes, quien una vez que la haya recibido deberá entregarla en un lapso no mayor a veinticuatro horas contados a partir de su recepción para su manejo y tratamiento.”
Por último también solicita reformar el nombre de la Ley que Regula el Uso de Tecnología en para la Seguridad Pública del Distrito Federal por Ley que Regula el Uso de Tecnología en para la Seguridad Pública de la Ciudad de México.