Hace poco te contamos cómo el panorama actual, especialmente en lo económico, ha llevado a muchos jóvenes a tomar la decisión de no tener hijos. Sin embargo, hay una pregunta que quizás no nos hemos hecho lo suficiente: si no tenemos hijos ni herederos, ¿a dónde irán a parar nuestros bienes después de que hayamos partido?
Por supuesto, podemos morir intestados. De acuerdo con el Código Civil Federal, en ese caso se realizará un juicio de sucesión intestamentaria para repartir nuestros bienes entre nuestros familiares. En caso de que no haya a quien heredar, la herencia pasa a manos de la Beneficencia Pública. Sin embargo, ambas opciones no reflejarían nuestra voluntad. Ahí es cuando entra una tercera alternativa: la del heredero sonriente.
¿Qué es el heredero sonriente?
Heredero sonriente o heredero risueño son solo formas en las que se conoce a una persona que ha recibido, de manera inesperada, una herencia por parte de algún familiar lejano. También puede tratarse de alguna organización benéfica que de pronto descubre que una persona ha decidido donar sus bienes, o parte de ellos, dentro de su testamento.
Aunque los casos de herederos sonrientes pueden ser más comunes en países como Estados Unidos. De acuerdo con la firma McCulloch Miller, se les llama así al tratarse de parientes lejanos que ni siquiera sabían que su benefactor había fallecido y, por lo tanto, no se ve afectado de forma negativa por su muerte.
Un heredero sonriente puede ser elegido por la persona dentro de su testamento, o bien puede resultar beneficiado al tratarse del pariente vivo más cercano de un difunto que ha muerto intestado.
¿Puedo elegir una organización para dejarle mi herencia?
Claro, a esto se le conoce como testamento solidario. De acuerdo con Unicef México, consiste en poner a organización no lucrativa, o a varias, como herederas universales de tus bienes, o solo de un porcentaje de estos.
El Código Civil Federal establece, sin embargo, en su artículo 1330, que cualquier herencia dejada en favor de los pobres deberá regirse conforme a los artículos 75-87 de la Ley de Beneficencia Privada. Así, las organizaciones benéficas deberán administrar conforme a la ley cómo se usa y se distribuye este legado para cumplir con la voluntad de la persona fallecida.
En el caso de la herencia dejada a una asociación religiosa, estas deben cumplir con lo establecido en el artículo 27 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos. Allí se establecen limitaciones sobre la forma en que las iglesias pueden adquirir y administrar bienes. La propiedad de la iglesia está estrictamente regulada para evitar acumulaciones excesivas de riqueza.
Las personas sin hijos, más dispuestas a heredar en favor de una noble causa
De acuerdo con un estudio de Yale Law School, las personas que no tienen hijos dicen que quieren dejar una mayor parte de su patrimonio a obras de caridad, a amigos y a familiares lejanos.
Los encuestados sin descendencia dijeron que podrían destinar un 10% de su patrimonio a la caridad. Esto es, en promedio, más del triple de lo que estarían dispuestos a donar las personas con descendientes.
Preguntas difíciles
Algunos asesores financieros revelaron a The Wall Street Journal que una gran preocupación a la hora de hacer un testamento es asegurarse de que haya suficiente dinero y apoyo para una vejez cómoda. Esto es especialmente importante para los clientes sin hijos, quienes no pueden recurrir a ellos en busca de ayuda.
Es común que las personas nombren a sus hijos como albaceas testamentarios o responsables de tomar decisiones económicas y de salud cuando ya no pueden hacerlo por sí mismas. Sin embargo, cuando alguien no tiene hijos, esta elección puede volverse más complicada.
Para Jay Zigmont, asesor financiero especializado en aconsejar a personas sin hijos, no es recomendable utilizar una herencia prometida como un incentivo para que alguien cuide de ti cuando seas mayor. La razón, dijo, es que las personas designadas para heredar podrían tomar decisiones que no prioricen tu bienestar, sino su propio interés financiero.
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