La aprobación de la Ley de Transporte en el estado de Yucatán generó una importante cantidad de reclamos, dados principalmente por conflictos de intereses, lo que provocó que el tema terminase escalando hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Y que ahora concluyó en una resolución que beneficiará directamente a las plataformas de chofer privado como Uber.
Ya te habíamos adelantado que la SCJN estaba apunto de fallar a favor de la plataforma, sin embargo, ahora se ha hecho oficial al declarar que los Taxis y el servicio de Uber deben ser regulados de manera diferenciada.
Con este anuncio el máximo tribunal del país estableció que los Congresos de los estados sí pueden regular el servicio de transporte público, pero deberán regular a los taxi como un servicio tradicional al que se le otorga una concesión, y para el caso de Uber como un servicio al que se le otorga un permiso para operar.
El ministro Arturo Zaldívar, comentó que tratar a ambos de la misma forma pone en peligro el futuro de plataformas como Uber en el país.
Los taxis de alquiler funcionan con una concesión. No se pueden equiparar, para mí, con el servicio que se presta con una plataforma electrónica como la que estamos ahora estableciendo. Si se subsumen las actividades de servicio de pasajeros de plataformas estilo Uber, lo que sucede es que van a tener exactamente los mismos requisitos porque cualquier diferencia sería inconstitucional, es poner en riesgo la viabilidad de la modernidad de este tipo de plataformas
Esto a su vez ha significado para Uber que los requisitos que se le piden para poder operar en la Ciudad de México, Yucatán y otros estados del país como el que los autos deben obtener el certificado vehicular para prestar el servicio, el valor de los vehículos debe exceder los 200,000 pesos, que tengan una antigüedad máxima de siete años y no más de siete plazas no era necesario.
Aunque todavía la iniciativa debe seguir en discusión para determinar si los artículos impugnados violan o no los principios de irretroactividad y las libertades de trabajo, libre competencia, y libre tránsito. Porque se propone también invalidar el requisito de que quien solicite el certificado de trabajo en Uber debe ser propietario del vehículo. Pero se espera que la resolución final se dé en los próximos días.
De hecho, la SCJN consideró violatorio de la libertad de trabajo debido a que esto no se exige a quienes operan en el modo tradicional.
Al constituir una restricción injustificada e innecesaria para el desarrollo de esta actividad, implica también una afectación al derecho constitucional al trabajo
Vía | El Universal SCJN
Ver 4 comentarios